Preguntas Frecuentes Área de Familia
Si deseo comenzar un juicio de divorcio ¿Qué documentos necesito?
- Certificado de Matrimonio
- Acta de contrato de matrimonio
- Certificado de hijos matrimoniales (si los hay)
- Datos de cada cónyuge y Rut de los hijos
Tramitación del Juicio de Divorcio
Para comenzar la tramitación, debe redactarse la demanda o el acuerdo, presentando dicha solicitud, para que con posterioridad se fije un día y hora que cite a las partes al Tribunal, donde se celebrará la audiencia preparatoria, donde las partes deben concurrir personalmente o en caso contrario, por medio de un mandato judicial que permita representarlos en juicio. En La audiciencia Preparatoria de juicio se van a enunciar cuales son los medios probatorios para acreditar los hechos a probar, como también, deberán ratificar el acuerdo regulador de prestaciones mutuas y de los hijos en común.
Puede realizarse la Audiencia de Juicio inmediatamente o fijarse una fecha para que esta se realice, donde se rendirán las pruebas y se dictará sentencia.
¿Cuáles son los ítems que debo acreditar para poder divorciarme?
• 3 años de separación, en el caso de que sea unilateral.
• 1 año de separación, en el caso de que sea mutuo acuerdo.
2. En los casos de divorcio por culpa, debe existir una infracción grave de los deberes que impone el matrimonio, por ejemplo:
• Atentado contra la vida o malos tratamientos graves contra la integridad física o psíquica del cónyuges o de alguno de los hijos;
• Transgresión grave y reiterada de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad propios del matrimonio. El abandono continuo o reiterado del hogar común, es una forma de transgresión grave
de los deberes del matrimonio;
• Condena ejecutoriada por la comisión de alguno de los crímenes o simples delitos contra el orden de las familias y contra la moralidad pública, o contra las personas, que involucre una grave ruptura de la armonía conyugal;
• Conducta homosexual;
• Alcoholismo o drogadicción que constituya un impedimento grave para la convivencia armoniosa entre los cónyuges o entre éstos y los hijos;
• Tentativa para prostituir al otro cónyuge o a los hijos.
Compensación económica ¿Qué es? ¿Cuándo procede?
La compensación económica procede cuando el conyuge se ha dedicado a las labores del hogar o crianza de los hijos comunes y no ha podido trabajar o lo ha hecho de menos medida de lo que quería o podía. Este es un derecho y solo se puede ejercer junto a la demanda de divorcio, en un escrito complementario o en la demanda reconvencional.